La inmigración es un fenómeno histórico sobre el cual se ha levantado la sociedad moderna. En este sentido, la búsqueda de mejores condiciones de vida, huir de una situación de conflicto o incluso probar suerte genera que constantemente se produzcan movimientos de personas de un territorio a otro.
Ahora bien, los Estados, a objeto de salvaguardar la identidad y protección de sus propios habitantes, otorga la condición o derecho de nacionalidad y con ello genera la condición de ciudadano.
En el caso de nuestro país, los requisitos para obtener la nacionalidad española son muy variados y es necesario conocer los supuestos para optar a la misma.
¿Qué es la ciudadanía española?
En el caso de España, la ley es bastante precisa al momento de regular cómo un apersona puede adquirir el derecho a la ciudadanía. En tal caso, es de recordar que en este país no existe el ius terris o arraigo por nacimiento en el territorio, al menos no de manera absoluta. Es decir, por el simple hecho de haber nacido en territorio español no se adquiere la nacionalidad.
En todo caso, la ciudadanía está reservada para aquellas personas que han nacido de nacionales españoles, o cuya actividad y permanencia en el territorio español, de forma legal, les permite solicitar que ese vínculo sea establecido por el Estado.
Tipos de nacionalidades
Cada forma de adquirir la nacionalidad tiene sus propios requisitos, por lo que solo veremos en líneas generales algunas de ellas.
Nacionalidad española por descendencia o nacionalidad de origen
La ley distingue entre nacionalidad de origen para establecer el vínculo fundamental de pertenencia entre el Estado y la Persona. La mayor característica y quizás principal diferencia es que ésta da acceso a cualquier cargo de elección popular.
Para fijar la misma se acude al criterio de ius sanguinis o derecho de sangre, es decir, procura honrar la tradición filial de padres ciudadanos españoles, a sus hijos nacidos dentro del territorio. Así tenemos que gozarán de esta nacionalidad:
1. Los hijos nacidos de padre o madre española.
2. Los nacidos en el territorio, hijos de al menos un padre español.
3. Los menores de 18 años adoptados por un ciudadano español.
Existen otros supuestos un poco más complejos y bastante raros en la práctica de la nacionalidad española por descendencia, en todo caso, si tienes dudas sobre los mismos, no dude en contactarnos.
Nacionalidad por opción
- Sujetos a la patriapotestad de un español
- Cuya madre o padre hubiera sido español o hubiera nacido en España
- Determinación de filiación o nacimiento en España se produzca
después de los dieciocho años de edad, plazo de 2 años.
- Adopción por españoles después de los dieciocho años de edad.
Requisitos:
• Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la Patria Potestad de un español
• Aquellas personas cuyo Padre o Madre hubiera sido español y hubiera nacido en España
• Aquellas personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los Padres de una Persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la Nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
• Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
Documentación:
• Original y copia del pasaporte del solicitante
• DNI o pasaporte de los padres (españoles y no españoles)
• Original
y copia del certificado de nacimiento del solicitante y de sus padres
• Certificado de matrimonio de los padres en caso de estar estos casados
• Impreso de solicitud
• Certificado de empadronamiento
• El solicitante deberá, siempre que sea mayor de 14 años y capaz, prestar juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y leyes españolas
• El solicitante deberá renunciar a su anterior nacionalidad, salvo que este sea natural de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o un sefardí originario de España.
Nacionalidad española por matrimonio
Por el simple hecho de estar casado con un español no te otorga la nacionalidad, sino que se le da la oportunidad de residir durante un plazo y por tanto reducir el plazo hasta de un año.
La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
Requisitos:
- Debe ser residente legal extranjero en España durante el periodo que exige la ley
- Deben estar empadronados juntos
- El cónyuge español debe tener una duración mínima de un año y continuar casados
- Presentar el certificado de inscripción consular
- Debe tener medios económicos suficientes
- Mostrar integración en la cultura española
- No tener antecedentes penales
Documentación:
En general:
-
Certificado de registro de ciudadanía de la UE
- Pasaporte vigente
- Presentar antecedentes penales del país de origen (legalizado y apostillado)
- Acta de nacimiento original y validado
- Acta de matrimonio del país donde se celebro
Para cónyuges:
- Presentar la documentación general
- Certificado de matrimonio vigente (3 meses, legalizado y apostillado si fue celebrado en otro país)
- Acta de nacimiento del cónyuge español
Cónyuge de nacionalidad española fallecido:
- Presentar la documentación general
- Certificado o acta de matrimonio
- Acta de defunción
- Certificado de empadronamiento o convivencia histórica
Deben presentar juramentación a la CE y fidelidad al Rey.
Nacionalidad por residencia
La nacionalidad española puede obtenerse por residir en España durante un periodo de tiempo determinado con un permiso o autorización.
Los plazos: han de residir diez años, salvo en condición de refugiado que puede ser suficiente con cinco años. Existen excepciones en algunos países como Andorra, Portugal, Filipinas donde el plazo son dos años. Y aquellos que nazcan en territorio español el plazo será de un año.
Otros casos: el plazo será de dos años para aquellos cónyuges de españoles que no se hayan divorciado o separado, viudos de ciudadanos españoles o abuelos.
Tramites: documentos a presentar:
- Pasaporte
- Tarjeta de entidad
- Empadronamiento
- Certificado de nacimiento
- Antecedentes penales de su país y de España
- Pago de la tasa correspondiente
Una vez presentados, es necesario presentar en el registro civil otros documentos como seria el domicilio, la juramentación de fidelidad al rey y obediencia a la constitución y leyes españolas. Además, debe presentarse la renuncia a la otra nacionalidad salvo que pueda permitirse tener doble.
Nacionalidad española por apellido
En el año 2015, el gobierno español decidió otorgar una medida especial a aquellos descendientes de los sefardíes expulsados de su territorio siglos atrás. Así, uno de los requisitos para demostrar esta descendencia es el apellido.
Ahora bien, no necesariamente por poseer un apellido sefardí, se obtiene de inmediato o de forma automática la nacionalidad. En todo caso, el apellido es meramente indicativo y lo que realmente determinará la opción a la nacionalidad es la valoración que se haga del solicitante sobre su descendencia sefardí y su pertenencia con el pueblo español.
Nacionalidad española por los abuelos
Nuevamente se debe hacer la aclaratoria del caso anterior, de que no se adquiere directamente la nacionalidad española al ser extranjero, por el solo hecho de contar con un abuelo que haya tenido la nacionalidad española. No obstante, sí se acortan los lapsos para solicitarla si los abuelos han sido españoles.
Este es el caso típico que se originó en razón de la masiva emigración que vivió España durante las décadas posteriores a la II guerra mundial. En tal caso, esos ciudadanos que decidieron abandonar su hogar, llegaron a nuevas tierras y procrearon, pero no se preocuparon por tramitarle la nacionalidad española a sus hijos. A su vez, estos hijos tuvieron descendencia (a los que llamaremos tercera generación).
Dicha tercera generación no tiene la nacionalidad española, pero pueden solicitarla si residen durante un año, de forma legal, en territorio español.
Nacionalidad para hijos menores de edad
Tendrán que cumplir con el plazo requerido por el código civil para optar por esta solicitud (dependerá de su nacionalidad que se acorte el plazo de residencia necesaria legal en el territorio español) Debemos resaltar que el hecho de nacer en España no convierte a sus hijos en ciudadanos españoles automáticamente si usted es de otro país.
Obtener la nacionalidad española por tener hijo o hija español/a
Es posible adquirir la nacionalidad española por arraigo familiar al tener hijos españoles una vez que a su hijo o hija le haya otorgado la nacionalidad por presunción, brindándole a usted la residencia legal en España por un (1) año renovable y luego de 2 años de estadía legal en el país, puede solicitar la nacionalidad española.
Por pareja de hecho: Deberá hacerlo según los plazos que dicta el código civil que podrá ser entre 10 años (casos generales), 5 años (si es refugiado/a), 2 años (si proviene de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal) y 1 año según su caso específico como pareja de hecho.
Si ocurre la ruptura de la pareja de hecho, el extranjero solicitante puede mantener su estatus de residente comunitario siempre y cuando
la pareja haya estado unida durante los tres últimos años y uno de ellos, conviviendo en España. Si la cancelación ocurre antes de este tiempo, el solicitante deberá cambiar su Tarjeta Comunitaria a otra solicitud que aplique a su estatus actúa en el país.
Beneficios
De contar con la nacionalidad española
Participar en la vida política
En el caso particular de contar con la nacionalidad por residencia, se podrá votar libremente e igualmente se podrá optar por determinados cargos de elección popular, aunque es de recordar que no se podrán optar a todos los cargos, sino a algunos de ellos.
Ciudadano de la Unión Europea (UE)
Al contar con la nacionalidad española, de forma automática se posee la condición de ciudadano de la Unión Europea, por lo que se podrá desplazar con absoluta libertar por el territorio de los Estados miembros de la UE. Esto, gracias al pasaporte de la UE, con el que no solo se podrá desplazar, sino que incluso permite fijar residencia en uno de los países parte.
Los trámites serán más sencillos
La mayoría de los trámites administrativos son lentos, pero para los extranjeros siempre serán más pesados y lentos, pues se suelen requerir documentos adicionales para sus peticiones. En el caso de los nacionales, se cuenta con procedimientos mucho más expeditos.
Preguntas Frecuentes
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¿Se deben apostillar los documentos para solicitar la nacionalidad?
La apostilla es un procedimiento contenido en convenciones internacionales. El mismo está elaborado para que los países reconozcan la legalidad de los documentos emitidos entre sí. En este sentido, cuando se cuenta con un documento emitido por otro país, se debe legalizar y apostillar en el país de origen si se quiere hacer valer dentro del territorio español. Este es el caso típico de las partidas de nacimiento y títulos universitarios emitidos por otras naciones. En tales casos, el solicitante previamente debe legalizarlos y apostillarlos en el país emisor, para luego presentarlos en España.
¿Cuánto tarda la nacionalidad española?
Desde un punto de vista enteramente legal, podemos afirmar que máximo este procedimiento puede tardar un año. No obstante, en la práctica, las cosas no son tan rápidas.
Lo primero es señalar que el tiempo dependerá de si cuentas con toda la documentación necesaria. Si es así, puedes realizar un procedimiento medianamente rápido, pero si alguno de tus documentos está vencido o lo presentaste con fallas, entonces tendrás que afrontar un procedimiento largo que se puede extender entre 2 o 3 años, sin garantía de resultado exitoso
¿Por qué acudir a un abogado para la solicitud nacionalidad española?
El procedimiento para obtener la nacionalidad no es sencillo, primero requiere una serie de documentos vigentes y válidos, pero además si alguno de los documentos a ser aportados ante las autoridades no son los correctos, el particular no se enterará de ello sino hasta muchos meses después. Es en ese momento cuando se deberá modificar o aportar uno nuevo, retrasando considerablemente todo el procedimiento.
En este sentido, una evaluación previa de la documentación por parte de un experto, permite acortar tiempos al momento de solicitar la nacionalidad. En todo caso, es de recordar que el tiempo es tu activo más valioso, por lo que se debe aprovechar al máximo.
¿Qué hacer después de obtener la nacionalidad española?
Una vez culminado el procedimiento de obtención de la nacionalidad española y habiéndola obtenido, deberás cumplir algunos requisitos adicionales, los que en su mayoría deben ser realizados ante el Registro Civil que corresponda según el domicilio del solicitante.
No obstante, y con independencia del procedimiento, la persona siempre se deberá inscribir con nombre y apellido en el Registro Civil correspondiente.
De igual manera, si se obtuvo la nacionalidad española por residencia se deberá:
a) Las personas mayores de 14 años, ahora ciudadanos españoles, deberán jurar cumplir con la constitución, leyes y demás normativa emanada de los órganos del poder público. De igual manera deberán jurar fidelidad al Rey.
b) Renunciar a la nacionalidad anterior que se posea. Sin embargo, es posible mantener la nacionalidad anterior, es decir tener doble nacionalidad, si el solicitante proviene de un país hispanoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.
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