Esta modalidad permite a los extranjeros ajenos a la Unión Europea, que permanecen en el territorio español, de forma irregular, normalizar su situación, con lo cual podrán pasar a tener una residencia legal española, con el consecuente permiso de trabajo y amparo ante la seguridad social.
Por su parte, el arraigo se presenta en diferentes modalidades, según las condiciones del particular, que básicamente se puede resumir en tres tipos de arraigos, a saber:
Modalidades
El arraigo se presenta en diferentes modalidades, según las condiciones del particular, que básicamente se puede resumir en tres tipos de arraigos, a saber:
- De carácter social
- Por trabajo
- Familiar
¿Qué significa una situación de permanencia irregular?
Lo mejor para entender un término, siempre es acudir a su definición general, para luego llevarla al caso particular. En este sentido, encontramos que el arraigo es definido por la Real Academia de la Lengua Española como:
Establecerse de manera permanente en un lugar, vinculándose a personas y cosas.
Ahora bien, al aplicar este concepto al mecanismo para obtener la residencia, tenemos que el mismo se entiende como un proceso atípico, que permite obtener la residencia en España, sin necesariamente haber cumplido con los requisitos que hemos visto sobre tiempo, residencia legal o regular, o vínculos filiales.
Tipos de arraigo
Es aquel que implica que el solicitante, con permanencia irregular en el territorio, posee vínculos especiales de orden familiares con personas que residan en España, o incluso que presenten un informe que demuestre la integración social del particular solicitante.
Lo que se procura tutelar con este tipo de arraigo es la permanencia en el territorio de aquellas personas que demuestren una auténtica integración a la vida social española.
Arraigo Social
Es aquel que implica que el solicitante, con permanencia irregular en el territorio, posee vínculos especiales de orden familiares con personas que residan en España, o incluso que presenten un informe que demuestre la integración social del particular solicitante.
Arraigo laboral
A este supuesto del arraigo se puede acceder cuando el solicitante extranjero cuente con un trabajo. Aunque en este caso, se debe tener presente que el trabajo debe reunir características particulares.
Arraigo Familiar
Es el último supuesto de arraigo, el cual no exige un tiempo mínimo de permanencia en el territorio y supone que el extranjero posee un vínculo sanguíneo filial con un español de origen.
Procedimiento para solicitar el arraigo
Existe un procedimiento general para solicitar el arraigo, aunque como veremos, también hay particularidades a tener en cuenta, según el arraigo específico que se solicite.
Lo primero a tener en cuenta es que este procedimiento debe ser realizado por el propio extranjero. De igual manera, aunque es un trámite personalísimo, no existe impedimento alguno para que el solicitante sea asistido por un letrado con experiencia en asuntos de extranjería.
Por su parte, el extranjero solicitante tiene que reunir los siguientes requisitos:
– No ser un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.
– El extranjero no debe estar dentro del plazo de retorno voluntario (exigido una vez aprendido o siéndole exigida su salida del País por condición irregular).
– No contar con la condición de prohibición de entrada al territorio español.
Asimismo, la solicitud obligatoriamente debe ser realizada ante la Delegación o Subdelegación de Gobierno de la Provincia en dónde el solicitante esté domiciliado. En todo caso, no dude en contactarnos para señalarle cual es la delegación que le corresponda según el lugar en donde se encuentre localizado.
Documentos que se deben aportar
Una vez que se tenga certeza sobre el lugar en donde se deba realizar la solicitud, es necesario que el peticionante aporte los siguientes documentos:
Pasaporte vigente: este debe aportarse en copia, pero al momento de presentarlo se debe exhibir el original, a objeto de corroborar su autenticidad.
Documento probatorio del arraigo: según el tipo de arraigo que se pretenda solicitar, se debe adjuntar el documento probatorio, tal como la constancia de empadronamiento, resolución judicial que demuestre la relación laboral o certificado de nacimiento para demostrar el vínculo filial entre padres o hijos o viceversa.
Aportar constancia de no poseer antecedentes penales: este requisito deberá ser aportado solo para los supuestos de arraigo social o de trabajo. Es de destacar que tales antecedentes deben provenir del país de origen, así como del propio gobierno español.
Preguntas Frecuentes
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¿Qué vigencia tiene la residencia por arraigo?
Una vez que se cuenta con la autorización por arraigo, esta tendrá una vigencia de un (1) año desde el momento de su aprobación. Tal residencia viene asociada a un permiso de trabajo para el solicitante.
Ahora bien, es de destacar que esta residencia por arraigo no se prorroga. En todo caso, si se quiere continuar legalmente en el territorio, lo que se hace es un cambio de denominación.
¿Se debe aportar constancia de no poseer antecedentes penales?
La respuesta es que no. En este supuesto las autoridades correspondientes no pueden exigirle al solicitante constancia alguna de no poseer antecedentes penales en el territorio español o país de origen. Ello, motivado a que este requisito no está contemplado en la ley para este tipo de arraigo.
En todo caso, si desea más información sobre este particular, no dude en contactarnos para una evaluación de su caso y una respuesta más precisa.
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