Visas para ingresar a España
España es una de las puertas de entrada más interesantes para las familias que sueñan con un pasaporte europeo, además de ser, según una reciente encuesta de InterNations (Expat Essencials Index), simplemente lo mejor país del continente para vivir como inmigrante.
Inicialmente, cabe señalar que todos los países enumerados en el Anexo II del Reglamento UE 2018/1806 (lista que incluye Japón, Estados Unidos, Brasil y casi todos los demás países latinoamericanos) son dispensados de visa para estancias de hasta 90 días en todo el llamado «Área Schengen» (compuesto por 27 países).
En consecuencia, los nacionales del citado Anexo que deseen entrar en España únicamente deberán presentar, en el control de inmigración del aeropuerto de aterrizaje:
¿Qué deberás presentar en migración?
Pasaporte
Más de 6 (seis) meses de vigencia.
Boleto de avión
Prueba de retorno.
Recursos
Prueba de medios económicos.
Visa de residencia no lucrativa
La visa de residencia (residencia no lucrativa) habilita al extranjero a vivir en España sin ejercer actividad laboral o profesional por un período mayor a 90 días e inferior a 5 años.
Este visado se concede inicialmente por 1 año (en uno de los consulados españoles en el país de origen) y, posteriormente, en dos renovaciones de 2 años (directamente en la agencia gubernamental de la región de residencia en territorio español).
Dicho permiso no te permite trabajar, pero sí invertir en España (en un fondo de acciones, por ejemplo).
Visa de reagrupación familiar
La reagrupación familiar es el procedimiento de extranjería mediante el cual un ciudadano no Europeo con permiso de residencia en España puede traer a sus familiares al país; otorgándoles a ellos un permiso de residencia y trabajo.
Es importante tener en cuenta que únicamente aquellos extranjeros residentes en España que hayan renovado su autorización de residencia inicial podrán iniciar este trámite.
Es decir, si llevas menos de un año en España de forma legal, aún no puedes reagrupar a tus familiares. Tienes que tener un permiso de residencia renovado.
Además, y como regla general, para poder reagrupar a un familiar deberás poder demostrar que dicha persona depende económicamente de ti, y Únicamente podrás reagrupar a tus padres o suegros (ascendientes), traer a tus hijos o los hijos de tu pareja (descendientes), y a tu cónyuge o pareja de hecho.
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Visa de trabajo
Existen numerosos tipos de permisos de trabajo en el país, cuyos requisitos varian según la naturaleza de la actividad laboral.
Futbolistas, profesores/científicos, empresarios, religiosos misioneros… cada objetivo justifica un enfoque diferente en la solicitud de visa, lo que requiere experiencia y seguimiento profesional para evitar denegaciones por fallas en la documentación, y con eso, pérdida de tiempo y de dinero.
De forma muy breve, y prescindiendo de las especificidades anteriores, podemos aclarar que la legislación española de extranjería prevé 3 grandes bloques de visas de trabajo:
- Visa laboral regular (empleado que recibió una oferta de trabajo en España);
- Visa para profesionales altamente calificados (que discutiremos en detalle en nuestro blog);
- Visa de inversor y emprendedor (cuyos requisitos se explican en este enlace).
Visa para deportistas
El permiso para trabajar en España como deportista requiere, al igual que con una visa de trabajo estándar, dos pasos. Y aquí no se puede confundir permiso inicial de residencia y trabajo (requerido por el empleador, todavía en España) con el visado de trabajo consiguiente (solicitado por el propio deportista en el consulado de su país de origen, previa concesión del permiso inicial).
En otras palabras, en primer lugar se presenta una solicitud de autorización de permiso de residencia y trabajo, que es realizada por el empleador (club), en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente.
Una vez concedida esta autorización en España, corresponde al deportista, personalmente o a través de un representante (sólo en el caso de que se acredite la imposibilidad de locomoción), solicitar en el consulado la visa de trabajo (ya aportada con la autorización recibida en España).
Visa para nómada digital
El visado de nómada digital en España se insertó dentro de la nueva Ley de Startups, vigente desde el 22/12/2022, con el objetivo de impulsar empresas emergentes, atraer inversión extranjera y, al mismo tiempo, transformar España en el mayor centro de atracción para nómadas digitales del mundo.
El hecho de que el teletrabajador internacional no demande empleo en España y, además, aporte a la economía española (en conjunto) un gran volumen de divisas, explica por qué se ha facilitado la concesión de este visado a todos aquellos que presentan los documentos listados con precisión “quirúrgica”, y atendiendo a los detalles legales de este tipo de autorización.
Esta visa es, en esencia, un permiso de residencia para trabajadores que actúan de forma remota permanentemente.
Dicha autorización tiene el carácter de residencia legal, y el tiempo se computa a efectos de adquisición de la nacionalidad española (y, en consecuencia, obtención del “pasaporte europeo”).
Visa de estudiantes
¿Quieres estudiar en España como ciudadano no europeo? Entonces debes empezar solicitando una visa de estudiante en el territorio español. Y a día de hoy esa se trata de una de las opciones con mayores ventajas como extranjero.
Visado para estancia superior a 90 días para realizar estudios, formación, prácticas o voluntariado. También se expide para estancias “au pair” y para auxiliares de conversación.
La estancia por estudios de hasta 90 días no requiere visado de estudios. En función de la nacionalidad, se puede necesitar visado de corta duración (ver “Visados Schengen”).
Pueden obtener visado para acompañar al estudiante los siguientes familiares:
El cónyuge o pareja de hecho.
Los hijos menores de edad o incapacitados.
El visado para familiar de estudiante no autorizar a trabajar.
Visa para inversor
El programa de inmigración para inversores es una de las formas más sencillas y directas de conseguir la ciudadanía española o la residencia legal. Es la llamada visa de oro.
También conocido como Golden Visa, este proyecto se instituyó con la promulgación de la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013), y garantiza al beneficiado el permiso de residencia por 3 años (con posibilidad de sucesivas renovaciones).
Ocurre que, como la legislación civil española asegura la naturalización a los ciudadanos de países iberoamericanos (incluyendo los brasileños) con sólo 2 años de residencia legal, la concesión del Golden Visa trae, como regalo al inversor, la nacionalidad española y, en consecuencia, el tan soñado «pasaporte europeo”(de la UE).
Si a esto le sumamos los numerosos beneficios fiscales ofrecidos a los inversores extranjeros, resulta fácil entender por qué tantos emprendedores están cambiando del Green Card al Golden Visa.
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